De conformidad con el inciso d.6) del artículo 89 del Reglamento del Congreso y en virtud del análisis realizado, el presente informe final concluye lo siguiente:
ACUSAR A: Víctor Marcial Zamora Mesía, en su calidad de exministro de Salud, por infracción constitucional del artículo 9 de la Carta Política vigente y por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previsto en el artículo 377 del Código Penal.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, se imponga la sanción de inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública, al exministro de Salud, Víctor Marcial Zamora Mesía por la infracción al artículo 9 de la Constitución Política del Estado.
Y respecto al delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previsto en el artículo 377 del Código Penal, se levante el fuero al exministro de Salud Víctor Marcial Zamora Mesía, para que el Ministerio Público actúe conforme a sus atribuciones constitucionales.
Este informe fue presentado el 2 de agosto de 2024.