La sala decidió disolver el partido a solicitud de la Fiscalía de la Nación. También señaló que, una vez que esta decisión sea definitiva; es decir, se resuelva en segunda instancia, se cancelará la inscripción de la agrupación en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), se cerrarán sus locales partidarios y quedará imposibilitada de reinscribirse.
Solo se declaró improcedente el pedido de la fiscalía para que los directivos de A.N.T.A.U.R.O. sean inhabilitados. La sala precisó que ese requerimiento es ajeno a las sanciones establecidas en el artículo 14 de la Ley de Organizaciones Políticas. Este se refiere a la declaración de ilegalidad por conducta antidemocrática.
La decisión fue tomada por mayoría, con los votos de los magistrados Mariem De La Rosa Bedriñana, Eduardo Yrivarren Fallaque, Juan José Linares San Román y José Díaz Vallejos. El único juez que se opuso fue Pedro Cartolín Pastor.
Es la primera vez que la Corte Suprema declara la ilegalidad de un partido político desde que entró en vigor la Ley de Organizaciones Políticas, en noviembre del 2003.
Rechaza el principal argumento de A.N.T.A.U.R.O.
La sala desestimó el argumento central que utilizó el partido A.N.T.A.U.R.O. para defenderse. Según este, Humala es un simple militante, no ocupa ningún cargo dirigencial y, por lo tanto, el partido no debía ser declarado ilegal por las expresiones de este.
Los magistrados concluyeron que está demostrado el liderazgo que ejerce Humala en esa agrupación política. Para la sala, resultó evidente que, en la práctica, el etnocacerista – quien cumplió condena por homicidio, secuestro y rebelión por el ‘Andahuaylazo’ – ostenta la dirección del partido.
Además, resaltó que algunos dirigentes de la agrupación presenciaron los discursos antidemocráticos de Humala sin expresar disconformidad, a pesar de su manifiesta colisión con los derechos fundamentales reconocidos y amparados en la Constitución.
Humala asegura, por ejemplo, que en el supuesto de llegar a la presidencia, fusilará a su hermano, el expresidente Ollanta Humala, así como a los exmandatarios Alejandro Toledo y Pedro Pablo Kuczynski. Además, propone excluir a personas en situación de vulnerabilidad, como los miembros de la comunidad LGTBIQ+ y la población migrante.
La sala señaló que “las declaraciones verbales, escritos de los órganos del partido, sus dirigentes o líderes vinculan necesariamente al partido político del cual son miembros. Y si no consta una manifestación de rechazo frente a discursos y actuaciones que vulneran la democracia, corren peligro los derechos fundamentales de toda o parte de la población”.
También destacó que prohibir la violencia como método político o propuesta ideológica no solo tiene respaldo constitucional, sino que también se sustenta en el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En este se indica que la libertad, la justicia y la paz tienen por base el reconocimiento de la dignidad y de los derechos de todas las personas.
El rol de los partidos
Los magistrados añadieron que el sistema democrático debe contar con herramientas que permitan preservarlo y a la vez desterrar a las organizaciones políticas que propugnan la destrucción de las libertades y los derechos fundamentales de las personas que no se someten a sus designios.
En la resolución resaltaron que el rol de los partidos políticos en una democracia no solo consiste en participar en los procesos electorales para acceder al gobierno y conducir el Estado, sino en actuar en el marco de los principios y valores democráticos.
Tras conocerse la decisión de la sala, el congresista Roberto Sánchez, aliado de Humala, la cuestionó argumentando que atenta contra el derecho a la participación política. “Las voces disonantes en una sana democracia se resuelven en la libre elección y voto electoral. La apelación ante la Suprema ha de imponer el imperio de la justicia y la sensatez”, añadió.
En septiembre pasado, Sánchez participó de una actividad proselitista en la que Humala insistió en fusilar a expresidentes. El congresista y líder del partido Juntos por el Perú se alió con Humala de cara a las elecciones generales del 2026.
Sánchez enfrenta una acusación del Ministerio Público por presuntamente haber colaborado o apoyado el golpe de Estado que dio Pedro Castillo en diciembre del 2022. La fiscalía pide que se le condene a 25 años de prisión.
¿Quién es el magistrado que votó en contra?
El juez Pedro Cartolín es un abogado conocido por diversos sectores políticos. En mayo pasado, el gobierno de Dina Boluarte lo propuso como contralor general de la República, pero el Congreso no aprobó su nombramiento.
Además, fue uno de los postulantes al cargo de defensor del Pueblo en el 2023. Su candidatura fue promovida por las bancadas de Podemos Perú y Somos Perú.
Aquella vez, Cartolín fue una de las tres opciones que se consideró llevar al pleno del Congreso para su debate y votación. No obstante, declinó argumentando “razones estrictamente personales y profesionales”.
Su renuncia se dio luego que el Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima exhortó al Congreso a implementar un reglamento especial que permita identificar el perfil del nuevo titular de la Defensoría del Pueblo, además de modificar el procedimiento de su elección.
En ese proceso parlamentario, Josué Gutiérrez fue designado defensor del Pueblo.
Cartolín se ha desempeñado en distintos cargos en el Poder Judicial, como juez supremo provisional y juez superior. Fue presidente de la Corte Superior de Justicia Lima – Sur. También fue presidente del Jurado Electoral Especial Lima Sur en el 2021.
Cartolín se graduó como abogado en la Universidad San Martín de Porres. Luego obtuvo el grado de magíster en derecho constitucional y procesal en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, no licenciada por la Sunedu.
Escenario
Los especialistas en derecho electoral Silvia Guevara y José Naupari destacaron que la resolución contra el partido de Humala es apelable.
“La defensa de la organización política tiene la posibilidad de apelar para que sea resuelto por otra sala de la Corte Suprema. […] Los efectos de la decisión se encuentran condicionados a que quede firme”, dijo Guevara en diálogo con El Comercio.
En caso se llegue a confirmar la resolución en segunda instancia, la consecuencia inmediata será que Humala no podrá ser candidato presidencial y su partido no participará en las elecciones del 2026.
Aunque Humala podría inscribirse en otra organización política, como Juntos por el Perú, ya no podría tentar la presidencia o vicepresidencia de la República en las elecciones generales 2026 ni postular a gobernador o alcalde en las elecciones regionales y municipales.
Sí podría postular a senador o diputado en calidad de invitado. También a consejero o regidor. Esto si es que cumple con otros requisitos, como el pago de la repación civil que se le impuso por el ‘Andahuaylazo’.
Todo ello con una salvedad: aún está por verse qué cambios puede realizar el Congreso de la República a nivel normativo.
“Hay que ver qué reglas de juego quedan al momento previo a la convocatoria a las elecciones para finalmente saber cuál sería la situación del señor Antauro Humala y de otros candidatos más”, señaló Guevara.
Además…
Reunión en el TC
La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco Zerga, se reunió el pasado 21 de octubre con Antauro Humala en la sede de la institución, reveló Perú 21. La cita se realizó mientras el TC tiene pendiente resolver un hábeas corpus presentado por Humala.
En el encuentro, Humala estuvo acompañado de su defensora legal, la abogada Carmen Huidobro; y de Oscar Medelius, excongresista condenado a ocho años de prisión por organizar la falsificación de firmas para que la agrupación fujimorista Perú 2000 participe en las elecciones generales de ese año.
El registro público de ingresos y salidas del Tribunal Constitucional evidencia que Humala, Huidobro y Medelius estuvieron en la institución entre las 3:55 p.m. y las 4:30 p.m., por una “reunión de trabajo” con Pacheco.
No obstante, una fuente de El Comercio precisó que la cita con la presidenta del TC no se extendió por más de 10 minutos. Aseguró que Pacheco tiene la política de recibir a los litigantes que cuentan con procesos en el Tribunal Constitucional y solicitan cita.
El expresidente del TC Víctor García Toma señaló que la decisión de la presidenta del TC de recibir a Humala en su despacho fue correcta. “Todas las personas que tienen un proceso pendiente ante el Tribunal Constitucional pueden solicitar una entrevista a efectos de esclarecer, ampliar o precisar el contenido de su demanda. No se le puede negar a Antauro el derecho a la entrevista y en cambio dársela a los demás justiciables. Eso sería afectar el principio de igualdad”, dijo.
En tanto, el expresidente del TC Ernesto Álvarez consideró que la cita era “evitable”. “Conceder la visita a una persona que en algún momento asesinó y fue condenado por ello; y tiene ahora un notorio discurso contrario a la democracia y a los derechos fundamentales, es por lo menos, evitable. Lo que no significa escuchar a su abogado y leer sus escritos”, dijo.