Tras la declaratoria del estado de emergencia en 34 distritos de 7 provincias de la región Piura por peligro inminente ante el déficit hídrico por 60 días, el Ejecutivo –a través del Decreto Supremo Nº 117-2024-PCM- dictó medidas para salvaguardar la necesidad básica de consumo en la población y en la agricultura.
Es así que la Autoridad Nacional del Agua (ANA), a cargo de José Genaro Musayón Ayala, dispuso a través de la Resolución Jefatural N° 0427-2024-ANA, autorizar mayores volúmenes de agua subterránea.
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Estos derechos de uso de agua, para fines poblacionales y agrarios, serán otorgados a través de la Administración Local de Agua (ALA).
Otra de las medidas a favor de la región del norte, es que los vecinos y agricultores podrán rehabilitar los pozos de agua sin previa autorización, únicamente deberán informar a la ALA respectiva dentro de los diez días hábiles de iniciada las labores.
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Cabe mencionar que no comprende la reprofundización de los pozos de agua subterránea, tampoco descarta conseguir una autorización posterior.
Por otro lado, las ALAs podrán autorizar a los titulares de licencia de uso de agua para que, de forma temporal, suministren agua subterránea a terceros a través de un convenio. Ello está dirigido a las empresas de servicio de saneamiento reconocidas y para integrantes de las organizaciones de usuarios de aguas.
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Cabe indicar que la declaratoria de emergencia incluye a 34 distritos de Piura, ubicados en las provincias de Ayabaca, Huancabamba, Morropón, Paita, Piura, Sullana y Talara.